Indemnización de 100.000 euros por la muerte de una mujer de 63 años debida a la reacción a un medicamento

La aseguradora SHAM y la familia de la fallecida llegan a un acuerdo tras interponer una demanda en vía civil.

Los hechos ocurrieron en enero de 2019, cuando la mujer de 63 años acudió a su Centro de Salud en el municipio sevillano de Castilleja de la Cuesta por un dolor lumbar. Los sanitarios le inyectaron desketoprofeno, un antiinflamatorio no esteroideo (AINE) y le prescribieron el mismo fármaco en comprimidos.

La paciente salió del centro de salud hacia el supermercado y murió de manera fulminante. La autopsia reveló como causa del fallecimiento una reacción anafiláctica. Le habían inyectado el medicamento a la que la paciente era alérgica.

Su condición de alérgica a los AINEs constaba en su historia clínica. ¿Qué falló? ¿Dónde estuvo el error falta? Pues nada de esto ha quedado aclarado en la resolución que, de conformidad, han firmado la familia de la fallecida y la compañía aseguradora del Servicio Andaluz de Salud (SAS).

El acuerdo al que han llegado ambas partes establece en 100.000 euros la indemnización con la que el servicio compensa el error del que no hay duda y que admite, si bien, no queda aclarada ninguna de las circunstancias que han rodeado al caso y que podrían explicar mejor el procedimiento.

¿Por qué existe esa falta de detalles? María Jesús Villalpando, la abogada de la familia y colaboradora de la Asociación El Defensor del Paciente, detalla que antes de que ella iniciara el procedimiento civil, la familia intento llevar el caso por la vía penal. Sin embargo, se terminó archivando el procedimiento y con el auto de archivo se esfumaron las posibilidades de conocer los detalles del caso, según apunta la abogada.

Con el acuerdo alcanzado en vía civil, Villalpando defiende que se ha puesto punto y final al proceso, que ya se iba dilatando en el tiempo. También aclara que este tipo de acuerdos no pueden verse como una victoria de la vía extrajudicial de la resolución de conflictos, pues reconoce que “al acuerdo se ha llegado en el contexto de un procedimiento judicial”.

Explica: “En este país no se llega a ningún acuerdo en casos de reclamaciones sanitarias si no se interpone una demanda ante los juzgados. Para llegar a un acuerdo tienes que judicializar el caso”.

Sobre la cuantía de 100.000 euros, la abogada explica que es la que fija el baremo de referencia (el baremo de tráfico) para compensar a los familiares, que no son ni los hijos ni el cónyuge, que reclaman por una supuesta mala praxis.

“Cuando en este país no litigan el viudo ni los hijos menores, las cuantías son muy bajas”, se queja la abogada.  S. Valle (SyM)

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